Con fecha 02 de septiembre de 2024, el Ministerio de Medioambiente inició un proceso de consulta ciudadana al anteproyecto del “Reglamento de actividades prohibidas que requieren de autorización previa a su realización en el Medioambiente Antártico”, el cual ha sido mandatado en conformidad a lo prescrito por el artículo 24 de la Ley Chilena Antártica, Ley N°21.255 (2020). Este proceso estuvo abierto hasta el 17 de octubre, brindando la oportunidad tanto a personas naturales como jurídicas a que presenten sus observaciones.
En este contexto, el Programa de Estudios Antárticos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile presentó un informe con comentarios. El documento fue elaborado por el Director del programa e Investigador Principal del Instituto Milenio Biodiversidad de Ecosistemas Antárticos y Subantárticos (BASE), Dr. Luis Valentín Ferrada Walker, la estudiante de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Catalina Gatica Fernández y la abogada Gisselle Gajardo Flores, ambas miembros de la misma institución. El documento se encuentra disponible online en el siguiente link.
A continuación, se adjunta un cuadro con el estado actual de tramitación de todos los Reglamentos de la Ley N°21.255:[1]
Nombre Reglamento | Artículo en Ley 21.255 | Norma que dicta Reglamento | Ministerio Responsable | Estado actual |
Reglamento sobre la Organización y Funcionamiento de las Secciones o Comités Nacionales Antárticos | Artículo 18 | Decreto 19 | Ministerio de Relaciones Exteriores | Publicado en el D.O el 26 octubre 2023 |
Reglamento sobre las Condiciones y Requisitos para realizar actividades de turismo en la Antártica | Artículo 31 | Decreto 63 | Ministerio de Relaciones Exteriores | Publicado en el D.O el 2 diciembre 2023 |
Reglamento que fija el Procedimiento para Otorgamiento de Autorizaciones de Actividades Científicas y Tecnológicas Antárticas | Artículo 27 | Decreto 64 | Ministerio de Relaciones Exteriores | Publicado en el D.O el 20 enero 2024 |
Reglamento sobre las Condiciones y Requisitos para realizar Actividades Antárticas No Estatales | Artículo 25 | Decreto 62 | Ministerio de Relaciones Exteriores | Publicado en el D.O el 6 marzo 2024 |
Reglamento sobre las condiciones y requisitos para realizar Actividades Pesqueras y otras Actividades Comerciales en relación con recursos vivos marinos antárticos. | Artículo 32 | Decreto 68 | Ministerio de Economía, Fomento y Turismo | Publicado en el D.O el 7 septiembre 2024 |
Reglamento de Actividades Prohibidas que requieren de autorización previa a su realización en el Medioambiente Antártico | Artículo 24 | Resolución 232 Exenta | Ministerio del Medioambiente | En proceso de consulta ciudadana |
Reglamento sobre Evaluación de Impacto Ambiental en Medioambiente Antártico | Artículo 37 |
– |
Ministerio del Medioambiente | Proceso de participación
ciudadana ya realizado. Elaboración de proyecto definitivo para la posterior aprobación y toma de razón |
Sobre protección y
conservación del medioambiente antártico (y manejo de residuos) |
Artículo 36 |
– |
Ministerio del Medioambiente | Elaboración del anteproyecto |
[1] Fuente: https://www.bcn.cl/leychile/consulta/vinculaciones/reglamento?idNorma=1149631&fechaVigencia=2021-03-16&clase_vinculacion=REGLAMENTO
En la fotografía, de izquierda a derecha: Gisselle Gajardo Flores, Prof. Luis Valentín Ferrada Walker y Catalina Gatica Fernández