El miércoles 8 de mayo de 2024, una comisión encargada de temas medioambientales del Parlamento británico interrogó a tres ministros del Reino Unido sobre las actividades de Rusia en la Antártica. De la sesión se reveló que desde el año 2011 un buque de investigación perteneciente a la empresa estatal rusa de exploración geológica “RosGeo” habría estado realizando actividades en el océano Atlántico Sur. No es del todo claro si eran actividades de investigación científica, lo que estaría autorizado por el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medioambiente (1991, en vigor 1998 y en adelante, “el Protocolo”), o de prospección petrolera, lo que estaría prohibido por este.
Según lo reportado por medios británicos (Telegraph, 2024), durante la sesión especial del Parlamento se mencionó que, como resultado de la investigación rusa, se habría estimado un potencial aproximado de 70 mil millones de toneladas de petróleo que eventualmente se encontrarían en las cuencas del mar de Weddel, esto es, dentro del territorio sobre el cual Chile, Reino Unido y Argentina mantienen reclamaciones de soberanía. Aunque no es claro que esta información sobre el hallazgo sea precisa, su magnitud lo convertiría en la mayor reserva de petróleo del mundo.
Cabe agregar que estos hechos se produjeron a días de la 46ª Reunión Consultiva del Tratado Antártico (RCTA), el mayor foro político antártico a nivel internacional que este año tuvo su sede en la ciudad de Kochi, India.
La noticia del “hallazgo” ruso, que ya había sido dado a conocer por la prensa sudafricana el año 2020, causó un gran revuelo político en Reino Unido, puesto que las relaciones de dicho Estado con Rusia se encontraban (y aún se encuentran) en un momento álgido luego de un intercambio de sanciones y amenazas a raíz de la guerra que se libra en Ucrania desde el año 2022. El revuelo escaló, desde luego, a nivel global.
La actividad rusa fue vista por los británicos como una amenaza a sus presuntos derechos soberanos sobre esa región de la Antártica, derechos que, pese a no tener un reconocimiento generalizado de parte de la comunidad internacional y, especialmente, ser rechazados por los países que superponen sus reclamaciones territoriales – Chile y Argentina-, son defendidos de igual manera por Reino Unido a través de todos sus órganos estatales, mientras las controversias internacionales de soberanía se encuentren suspendidas.
Ahora bien, la prohibición expresa de realizar cualquier actividad relacionada con los recursos minerales en la Antártica, a excepción de la investigación científica, dispuesta en el artículo 7 del Protocolo Medioambiental, no resiste dobles interpretaciones, y hay consenso de que incluye a los hidrocarburos. Sin embargo, sobre lo que sí quedan dudas es respecto a si las actividades que realizó la empresa estatal rusa se consideran únicamente prospección petrolera. Esto, pues, como se dijo, la investigación sobre minerales con fines científicos sí se encuentra permitida en el continente y sus mares circundantes.
Sobre lo último, hay que decir que tanto los medios de prensa británicos como de otros países (véase Forbes, 2024 y Telegraph, 2024), cubrieron de una forma un tanto sensacionalista “el hallazgo ruso de la mayor reserva de petróleo en la Antártica”: (1) en primer lugar, porque este estudio ya había sido publicado por la propia empresa RosGeo el año 2020; (2) subsidiarias de esta misma empresa ya habían presentado la misma estimación de reservas de petróleo el año 2012; (3) desde hace décadas que se venía señalando por parte comunidad científica que las mayores reservas de hidrocarburos se encontrarían en la Antártica; y (4) las posibilidades técnicas y políticas de extracción de este recurso en el continente son aún muy lejanas.
En la publicación del sitio web de RosGeo del año 2020, se señala que los resultados obtenidos son fruto de una exploración geofísica marina que se ejecutó bajo la Expedición Antártica Rusa Nº65, con el objeto de investigar la estructura geológica del subsuelo y la carga de hidrocarburos en el sureste del mar de Riiser-Larsen frente a la costa de la Tierra de la Reina Maud. Este territorio que se encuentra al sur del continente africano es reclamado formalmente por Noruega. Es decir, el hallazgo no habría sido realmente en el mar de Weddell ni en las áreas marítimas de las reclamaciones superpuestas de Chile, Argentina y Reino Unido.
Para el estudio en comento se habría utilizado técnicas como la reflexión sísmica, que consiste en la generación de ondas sísmicas mediante el uso de explosivos (aunque existen otros métodos, como cañones sónicos) para medir la reacción del subsuelo, lo que permitiría estimar su composición y producir, entre otras aplicaciones, mapas de las cuencas sedimentarias de un área determinada.
Durante su comparecencia ante la comisión investigadora, David Rutley, Subsecretario de Estado en el Parlamento Británico para las Américas, el Caribe y los Territorios de Ultramar, dijo que la prohibición de explotación de recursos minerales del Protocolo era muy clara en sus términos, y que tiene un alcance indefinido. Recordó también que durante las últimas RCTA Rusia ha reafirmado la prohibición establecida por el Protocolo y que el Kremlin ha asegurado que todas las actividades que realiza en la Antártica tienen fines exclusivamente científicos.
Ahora bien, quien realmente planteó la polémica durante una sesión anterior de la comisión del Parlamento británico fue el académico Klaus Dodds, profesor de geopolítica en Royal Holloway, Universidad de Londres. Uno de los puntos que abordó fue la preocupación respecto a que Rusia estuviera recopilando datos sísmicos, que podrían interpretarse como prospección en lugar de investigación científica, cuestión que implicaría una potencial amenaza a la prohibición permanente de la minería en la región.
Cuando se trata de petróleo, existe un límite difuso entre lo que es el interés estrictamente científico y lo que constituye más bien una fase previa al reconocimiento de yacimientos de recursos aprovechables para un potencial proyecto petrolífero. Si bien el descubrimiento de reservas de hidrocarburos aporta conocimiento sobre el pasado geológico de la Tierra y la existencia remota de materia orgánica, la mayoría de las veces predomina el interés de obtener un recurso estratégico.
En otras ocasiones, RosGeo ya había manifestado su posición frente al dilema anterior, señalando al periódico sudafricano Daily Maverick (2022) que sería ilógico excluir a los hidrocarburos de sus estudios científicos geológicos y geofísicos de la estructura y el origen de la Antártica, dado que estos son un componente natural del entorno geológico, y que sus investigaciones permitirían conocer el grosor de la cubierta sedimentaria y reconstruir las etapas de la formación de la corteza terrestre en los mares antárticos (Walters, 17 de mayo de 2024).
Personalmente, no creo que en esta ocasión la controversia haya sido generada por el hecho de que la empresa que realizó las investigaciones corresponda a un conglomerado estatal ruso que se dedique a la búsqueda de reservas minerales para su explotación comercial. En efecto, y dejando de lado las discusiones señaladas, no existe prohibición para que los sujetos privados puedan desarrollar actividades científicas en la Antártica, pues uno de los principios rectores del Sistema del Tratado Antártico es la libertad de investigación científica y los agentes privados forman parte de la comunidad internacional.[1] Además, es discutible el carácter privado de una empresa estatal.
Lo cierto es que cuando RosGeo publicó esta información el año 2020 y un periódico sudafricano lo cubrió (Maverick, 2020), pareciera que a la comunidad internacional no le importó, ya sea porque la preocupación mundial estaba centrada en la pandemia o por otra razón. De hecho, el año 2023 hubo protestas en Ciudad del Cabo, Sudáfrica, durante el atraque del buque sísmico ruso “Akademik Alexander Karpinsky”, propiedad de una subsidiaria de RosGeo (Maverick, 2023).
Cabe recordar que dicha nave fue objeto de sanciones por parte de Estados Unidos en febrero de 2024 tras la muerte del líder opositor ruso Alexei Navalny en una prisión siberiana, como forma de condenar el cumplimiento de los dos años desde la invasión rusa de Ucrania.
El revuelo mediático se originó, estimo, porque los medios británicos comunicaron que el hallazgo se habría producido en un territorio reclamado por Reino Unido, y no en el reclamado por Noruega (o no exclusivamente). Hasta la fecha no se han publicado pruebas fehacientes sobre el lugar del hallazgo, así como tampoco ha habido pronunciamientos de las autoridades al respecto. Sí ha habido condenas y declaraciones sobre la violación a la moratoria para la explotación minera en Antártica tanto en el entorno británico como en el mundo en general.
Hay una serie de criterios normativos interesantes que podrían servir como elementos de juicio para saber si la actividad rusa se ajusta al derecho internacional. A saber, si acaso existe (o no) intercambio de información científica; intercambio de personal científico; disponibilidad y acceso libre a los resultados y observaciones científicos obtenidos; realización de ensayos armamentísticos encubiertos; interés científico o técnico en la Antártica; utilización de medios tecnológicos y procedimientos adecuados; impacto sobre el medioambiente antártico y sus ecosistemas dependientes y asociados; planificación de las operaciones; dimensión o alcance de la actividad; relevancia de la investigación para la comprensión del medioambiente global, etc.
Aunque no contamos con antecedentes suficientes al respecto, no se puede desconocer el hecho de que, cualquiera haya sido la técnica empleada para llegar a las conclusiones de la investigación geológica rusa, aquella se trató de una operación de gran escala que indudablemente produjo perturbación en el lecho marino, con altas probabilidades de afectación a sus especies, pues incluso si no se utilizaron explosivos, cualquier fuente de sonido como la que producen los cañones acústicos puede producir desorientación en la fauna local.
De igual manera, la falta de mayores antecedentes respecto a si se está o no respetando de forma efectiva la prohibición de actividades sobe recursos minerales distintas a la mera investigación científica, mantendrá este tema abierto a la discusión. Es importante, sin embargo, evitar los discursos sensacionalistas y garantizar la mejor protección posible de la Antártica.
Bibliografía
——, “Rosgeo has completed explorations of the geological structure and oil-and-gas potential of the antarctic shelf”, ROSGEO, 12 de febrero de 2020.
Christians, Shelley, “Russian Antarctic vessel docks in Cape Town as green groups protest”, TimesLive, 29 enero de 2023.
Gicheru, Brian, “UK’s Parliament Probes Russian Oil Exploration in Antarctica”, The Maritime Executive, 12 de mayo de 2024.
Leake, Jonathan, “Russia finds vast oil and gas reserves in British Antarctic territory”, The Telegraph, 11 de mayo del 2024.
Oliver, Matt, “How Russia sparked fears of an oil grab in British Antarctic territory”, The Telegraph, 14 de mayo de 2024.
Rivas, Santiago, “Un análisis sobre la cuestión del petróleo, Rusia y la Antártida”, Pucará, 15 de mayo de 2024.
Saleem H. Ali, “Russia’s Oil Exploration in Antarctica threatens Science Diplomacy”, Forbes, 26 de mayo del 2024.
Walters, Tiara, “‘Gentleman’s agreement’: Despite mining ban, Russia scours Antarctica for massive fossil fuel deposits”, Daily Maverick, 17 de mayo de 2024.
Walters, Tiara, “US sanctions target Russian ship surveying for Antarctic oil and gas via Cape Town”, Daily Maverick, 28 de febrero de 2024.
Walters, Tiara, “Russia’s Antarctic ‘prospecting’ links via SA warrant deeper scrutiny, hears UK Westminster inquirí”, Daily Maverick, 09 de mayo de 2024.
[1] Esta afirmación no se puede confundir con la discusión respecto a quiénes son los sujetos del derecho internacional público.
Autor fotografía: Reiner Canales, INACH